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law_title: "Ley Federal De Producción, Certificación Y Comercio De Semillas"
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# Ley Federal De Producción, Certificación Y Comercio De Semillas - Artículo 38

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO IX - DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

```text
Artículo 38.- Incurre en infracción administrativa a las disposiciones de esta Ley, la persona que:

I. Comercialice o ponga en circulación cualquier categoría de semillas sin cumplir con lo dispuesto en el artículo 33 de esta Ley;

II. Expida certificado, dictamen, acreditación o cualquier otro documento donde se haga constar el cumplimiento de cualquier acto a los que se refiere el presente ordenamiento sin estar autorizado para ello o sin observar el estricto cumplimiento de lo dispuesto por esta Ley, las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, las Reglas o las Guías que de ella se deriven;

III. Comercialice o ponga en circulación semilla o material de propagación que careciendo del plaguicida necesario, se le haya agregado colorante, con lo que induzca o pueda inducirse a error, confusión o una falsa apreciación de sus características;

IV. Comercialice o ponga en circulación semillas que no cumplen con el procedimiento de calificación establecido en esta Ley, en las Normas Mexicanas y en las Reglas correspondientes;

V. Difunda información falsa o que se preste a confusión respecto de las características de las semillas;

VI. Adultere semillas en cualquier fase de su producción, circulación o comercialización;

VII. Importe semilla con fines de comercializarla o ponerla en circulación, sin cumplir con los requisitos establecidos en esta Ley;

VIII. No conserve la documentación comprobatoria de la calificación y certificación de semillas en los términos de esta Ley;

IX. Declare la homologación de una categoría de semilla con la de otros países, sin atender lo establecido en esta Ley y en las Reglas correspondientes;

X. Falsifique o adultere certificados, etiquetas u otros documentos que identifiquen la categoría o características de las semillas;

XI. Comercialice o ponga en circulación semilla en envases cuya etiqueta indique información distinta a la semilla contenida;

XII. Se ostente como mantenedor de variedades vegetales y realice actos relativos a la conservación, propagación y comercialización de semilla de dichas variedades sin contar con la aprobación correspondiente; y

XIII. Opere como organismo de certificación sin serlo, o continúe operando como tal cuando le haya sido revocada o suspendida la aprobación en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
```

## Resumen corto

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Regla de LFPCCS_110518 sobre sanciones y cumplimiento: Incurre en infracción administrativa a las disposiciones de esta Ley, la persona que:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Incurre en infracción administrativa a las disposiciones de esta Ley, la persona que:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 38 LFPCCS_110518, sanciones y cumplimiento, artículo 38 ley federal de produccion, certificacion y comercio de semillas, sanciones, multas, incumplimiento legal, Autorizados

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 38 de LFPCCS_110518.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Sanción
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Autorizados

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

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## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 38 de LFPCCS_110518?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Incurre en infracción administrativa a las disposiciones de esta Ley, la persona que:

### ¿Para qué sirve artículo 38?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpccs.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPCCS_110518.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPCCS_110518.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
