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law_title: "Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares"
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# Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares - Artículo 49

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo VIII - Del Procedimiento de Protección de Derechos

```text
Artículo 49. La Secretaría podrá en cualquier momento del procedimiento buscar una conciliación entre la persona titular de los datos y el responsable.

De llegarse a un acuerdo de conciliación entre ambos, éste se hará constar por escrito y tendrá efectos vinculantes. La solicitud de protección de datos quedará sin materia y la Secretaría verificará el cumplimiento del acuerdo respectivo.

Para efectos de la conciliación a que se alude en el presente ordenamiento, se estará al procedimiento que se establezca en el Reglamento de esta Ley.
```

## Resumen corto

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Regla de LFPDPPP sobre competencia de autoridades: La Secretaría podrá en cualquier momento del procedimiento buscar una conciliación entre la persona titular de los datos y el responsable.

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría podrá en cualquier momento del procedimiento buscar una conciliación entre la persona titular de los datos y el responsable.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 49 LFPDPPP, competencia de autoridades, artículo 49 ley federal de proteccion de datos personales en posesion de los particulares, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LFPDPPP, Reglamento, Responsable, Secretaría, Titular

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 49 de LFPDPPP.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Reglamento | Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares | 2 |
| Responsable | Sujetos regulados a que se refiere la fracción XVI de este artículo | 2 |
| Secretaría | Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno | 2 |
| Titular | Persona a quien corresponden los datos personales | 2 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 49 de LFPDPPP?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Secretaría podrá en cualquier momento del procedimiento buscar una conciliación entre la persona titular de los datos y el responsable.

### ¿Para qué sirve artículo 49?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpdppp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPDPPP.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
