# Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación - Artículo 63 quintus

Clave: LFPED
Artículo: 63 quintus
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 63 quintus
.- Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la admisión de la queja, las imputaciones se harán del conocimiento de la persona particular, física o moral, persona servidora pública o poderes públicos federales a quienes se atribuyan éstas, o a su superior jerárquico o al representante legal, para que rindan un informe dentro del plazo máximo de diez días hábiles siguientes al de la fecha de su notificación.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación, artículo 63 quintus.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
