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law_title: "Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas"
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# Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas - Artículo 26

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LOS DERECHOS COLECTIVOS SOBRE EL PATRIMONIO CULTURAL
- Capítulo Segundo - De las autorizaciones y el consentimiento expreso

```text
Artículo 26. Las autorizaciones podrán convenirse con terceros en los términos que determinen los pueblos y las comunidades indígenas y afromexicanas, de conformidad con sus sistemas normativos. Todo contrato o convenio deberá contener, al menos:

I.	Las partes interesadas;

II.	El objeto y términos generales del contrato o convenio;

III.	Los detalles y limitaciones al uso, aprovechamiento o comercialización del bien o bienes de que se trate;

IV.	Las contraprestaciones y compensaciones pactadas;

V.	La vigencia del contrato;

VI.	Las formas de pago o entrega de contraprestaciones y compensaciones;

VII.	Los mecanismos de solución de controversias y de rescisión de contrato, y

VIII.	La prevención a la que hace referencia el artículo 27 de esta Ley.

El contrato o convenio respectivo se celebrará ante la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección y el Instituto, los cuales verificarán y garantizarán que la autorización se otorgue mediante el consentimiento libre, previo e informado de la comunidad indígena o afromexicana de que se trate y en los términos de esta Ley.
```

## Resumen corto

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Regla de LFPPCPCIA sobre concesiones y uso de recursos públicos: Las autorizaciones podrán convenirse con terceros en los términos que determinen los pueblos y las comunidades indígenas y afromexicanas, de conformidad con sus sistemas...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Las autorizaciones podrán convenirse con terceros en los términos que determinen los pueblos y las comunidades indígenas y afromexicanas, de conformidad con sus sistemas normativos.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Palabras clave

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artículo 26 LFPPCPCIA, concesiones y uso de recursos públicos, artículo 26 ley federal de proteccion del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indigenas y afromexicanas, concesiones, autorizaciones, uso de bienes públicos, Consentimiento, Instituto, Sistema Nacional de Protección

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 26 de LFPPCPCIA.
- Trámite: revisar requisitos, condiciones o límites de concesiones y autorizaciones.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Requisito
- Plazo
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Consentimiento | es la manifestación de la voluntad libre, previa e informada de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas respecto de medidas susceptibles de afectarles. Dichos pueblos y comunidades tienen en todo momento el derecho a otorgar o no su consentimiento, de conformidad con sus sistemas normativos | 3 |
| Instituto | Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas | 3 |
| Sistema Nacional de Protección | Sistema Nacional de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: un concesionario o solicitante revisa este artículo antes de presentar una solicitud o modificar condiciones de operación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para preparar una solicitud, revisar requisitos, responder una prevención o justificar el cumplimiento de condiciones.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 27

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 26 de LFPPCPCIA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre concesiones y uso de recursos públicos. Las autorizaciones podrán convenirse con terceros en los términos que determinen los pueblos y las comunidades indígenas y afromexicanas, de conformidad con sus sistemas normativos.

### ¿Para qué sirve artículo 26?

Sirve para ubicar requisitos, límites o condiciones para solicitar, conservar, modificar o ejercer un título habilitante.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfppcpcia.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPCPCIA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPCPCIA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
