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law_title: "Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas"
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# Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas - Artículo 38

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS
- Capítulo Primero - Disposiciones Generales

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Artículo 38. Las actuaciones de las instituciones especializadas en la investigación y documentación arqueológica, etnográfica, antropológica, histórica o económica, tendrán validez oficial en el marco del Sistema de Protección.
```

## Resumen corto

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Regla de LFPPCPCIA sobre regla aplicable: Las actuaciones de las instituciones especializadas en la investigación y documentación arqueológica, etnográfica, antropológica, histórica o económica, tendrán validez...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las actuaciones de las instituciones especializadas en la investigación y documentación arqueológica, etnográfica, antropológica, histórica o económica, tendrán validez oficial en el marco del Sistema de Protección.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 38 LFPPCPCIA, regla aplicable, artículo 38 ley federal de proteccion del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indigenas y afromexicanas

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 38 de LFPPCPCIA.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Regla general

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 38 de LFPPCPCIA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Las actuaciones de las instituciones especializadas en la investigación y documentación arqueológica, etnográfica, antropológica, histórica o económica, tendrán validez oficial en el marco del Sistema de Protección.

### ¿Para qué sirve artículo 38?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfppcpcia.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPCPCIA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPCPCIA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
