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law_title: "Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas"
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# Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas - Artículo 41

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS Y AFROMEXICANAS
- Capítulo Primero - Disposiciones Generales

```text
Artículo 41. Los elementos relacionados con las lenguas indígenas serán protegidos de conformidad con lo establecido en la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Los programas de investigación, difusión, fomento, registro y permanencia de dichas lenguas, podrán formar parte de las actividades que se desarrollen en el marco del Sistema de Protección.
```

## Resumen corto

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Regla de LFPPCPCIA sobre regla aplicable: Los elementos relacionados con las lenguas indígenas serán protegidos de conformidad con lo establecido en la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Los elementos relacionados con las lenguas indígenas serán protegidos de conformidad con lo establecido en la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 41 LFPPCPCIA, regla aplicable, artículo 41 ley federal de proteccion del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indigenas y afromexicanas, Registro

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 41 de LFPPCPCIA.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Registro | Registro Nacional del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas | 3 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley General De Derechos Lingüísticos De Los Pueblos Indígenas (`LGDLPI`)

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 41 de LFPPCPCIA?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Los elementos relacionados con las lenguas indígenas serán protegidos de conformidad con lo establecido en la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

### ¿Para qué sirve artículo 41?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfppcpcia.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPCPCIA.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPCPCIA.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
