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law_title: "Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial"
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# Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial - Artículo 349

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - De los Procedimientos de Declaración Administrativa
- Capítulo I - Disposiciones Generales

```text
Artículo 349.- La persona solicitante de las medidas provisionales a que se refiere el artículo 344 será responsable del pago por la afectación causada a la persona en contra de quien se hubiesen ejecutado cuando:
Párrafo reformado DOF 03-04-2026

I.- 	La resolución definitiva sobre el fondo de la controversia declare que no existió violación ni amenaza de violación a los derechos del solicitante de la medida, y

II.- 	Se haya solicitado una medida provisional y no se hubiese presentado la demanda o solicitud de declaración administrativa de infracción ante la autoridad competente o ante el Instituto respecto del fondo de la controversia, dentro de un plazo de veinte días contados a partir del día hábil siguiente a la ejecución de la medida.
```

## Resumen corto

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Regla de LFPPI sobre sanciones y cumplimiento: La persona solicitante de las medidas provisionales a que se refiere el artículo 344 será responsable del pago por la afectación causada a la persona en contra de quien...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La persona solicitante de las medidas provisionales a que se refiere el artículo 344 será responsable del pago por la afectación causada a la persona en contra de quien se hubiesen ejecutado cuando:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 349 LFPPI, sanciones y cumplimiento, artículo 349 ley federal de proteccion a la propiedad industrial, sanciones, multas, incumplimiento legal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 349 de LFPPI.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito
- Plazo
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 349 de LFPPI?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. La persona solicitante de las medidas provisionales a que se refiere el artículo 344 será responsable del pago por la afectación causada a la persona en contra de quien se hubiesen ejecutado cuando:

### ¿Para qué sirve artículo 349?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfppi.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPI.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPI.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
