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# Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial - Artículo 40 Bis

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados
- Capítulo I - Disposiciones Preliminares

```text
Artículo 40 Bis.- Si una patente o registro hubiere sido concedido a quien no tuviere derecho a obtenerlo, la persona legitimada conforme a lo dispuesto en los artículos 38 o 40 de esta Ley, podrá reclamar la titularidad, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o acciones que puedan corresponderle.

El reclamo de la titularidad podrá ejercerse en cualquier tiempo, a partir de la fecha en que surta efectos la publicación del otorgamiento de la patente o del registro en la Gaceta y siempre que la patente o registro se encuentre vigente, a través de una solicitud de declaración administrativa, presentada de conformidad con lo dispuesto en el Título Sexto de esta Ley.

En caso de que la resolución establezca la titularidad a favor de la persona reclamante, el Instituto ordenará la reexpedición del título, en donde se asentará el nombre y domicilio de la persona legítima titular del derecho y procederá a su publicación en la Gaceta, de conformidad con el artículo 120 de esta Ley.
Artículo adicionado DOF 03-04-2026
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## Resumen corto

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Regla de LFPPI sobre regla aplicable: Si una patente o registro hubiere sido concedido a quien no tuviere derecho a obtenerlo, la persona legitimada conforme a lo dispuesto en los artículos 38 o 40 de esta...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Si una patente o registro hubiere sido concedido a quien no tuviere derecho a obtenerlo, la persona legitimada conforme a lo dispuesto en los artículos 38 o 40 de esta Ley, podrá reclamar la titularidad, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o acciones...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 40 bis LFPPI, regla aplicable, artículo 40 bis ley federal de proteccion a la propiedad industrial

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 40 bis de LFPPI.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Requisito
- Procedimiento

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 40
- 120
- 3
- 4

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 40 bis de LFPPI?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Si una patente o registro hubiere sido concedido a quien no tuviere derecho a obtenerlo, la persona legitimada conforme a lo dispuesto en los artículos 38 o 40 de esta Ley, podrá reclamar la titularidad, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o acciones...

### ¿Para qué sirve artículo 40 bis?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfppi.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPI.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPI.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
