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law_title: "Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial"
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# Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial - Artículo 7

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - Disposiciones Generales
- Capítulo I - Disposiciones Preliminares

```text
Artículo 7.- La Junta de Gobierno se integrará por once personas representantes:
Párrafo reformado DOF 03-04-2026

I.- 	La persona Titular de la Secretaría de Economía, quien la preside;

II.- 	Una persona representante designada por la Secretaría de Economía;
Fracción reformada DOF 03-04-2026

III.- 	Dos personas representantes designadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
Fracción reformada DOF 03-04-2026

IV.- 	Una persona representante de las Secretarías de Relaciones Exteriores, de Agricultura y Desarrollo Rural, Cultura, Educación Pública, de Salud y de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación, así como del Centro Nacional de Metrología.
Fracción reformada DOF 03-04-2026

Por cada persona representante propietaria será designada una suplente, quien asistirá a las sesiones de la Junta de Gobierno en ausencia de la primera, con todas las facultades y derechos que a ésta correspondan.
Párrafo reformado DOF 03-04-2026
```

## Resumen corto

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Regla de LFPPI sobre competencia de autoridades: La Junta de Gobierno se integrará por once personas representantes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Junta de Gobierno se integrará por once personas representantes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 7 LFPPI, competencia de autoridades, artículo 7 ley federal de proteccion a la propiedad industrial, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad LFPPI

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 7 de LFPPI.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 7 de LFPPI?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. La Junta de Gobierno se integrará por once personas representantes:

### ¿Para qué sirve artículo 7?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfppi.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPI.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPI.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
