# Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial - Artículo séptimo

Clave: LFPPI
Artículo: séptimo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
séptimo.
.- Los registros de modelos de utilidad otorgados con anterioridad a la entrada en vigor de la
presente Ley
, conservarán la vigencia concedida hasta su vencimiento y continuarán enterando el pago por concepto de quinquenios o anualidades, según corresponda, en los términos que establezca el Acuerdo por el que se da a conocer la Tarifa por los servicios que presta el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial, artículo séptimo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
