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law_key: "LFPPI"
title: "Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial regula la protección administrativa de invenciones, signos distintivos, secretos industriales, denominaciones de origen, indicaciones geográficas y otros derechos de propiedad industrial en México. Establece facultades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, reglas para solicitudes, registros, publicaciones, conservación de derechos, licencias, transmisiones, nulidad, caducidad, cancelación, infracciones, medidas provisionales, daños y perjuicios. Su función central es dar seguridad jurídica a quienes crean, usan, explotan o defienden activos de propiedad industrial, así como prevenir competencia desleal relacionada con esos derechos.

## Qué regula

- Patentes de invención.
- Modelos de utilidad.
- Diseños industriales.
- Esquemas de trazado de circuitos integrados.
- Marcas, marcas colectivas y marcas de certificación.
- Avisos comerciales y nombres comerciales.
- Secretos industriales.
- Denominaciones de origen e indicaciones geográficas.
- Procedimientos ante el IMPI.
- Infracciones, medidas provisionales, sanciones e indemnización.

## A quién aplica

- Personas solicitantes de patentes, registros, publicaciones o autorizaciones.
- Titulares de derechos de propiedad industrial.
- Licenciatarios, cesionarios y usuarios autorizados.
- Personas físicas o morales que usen signos distintivos o tecnología protegida.
- Personas señaladas como infractoras en procedimientos administrativos.
- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
- Autoridades judiciales, fiscales, aduaneras y ministeriales relacionadas con la observancia de derechos.

## Materias principales

- Propiedad industrial.
- Innovación tecnológica.
- Signos distintivos.
- Secretos industriales.
- Competencia desleal.
- Licencias y transmisiones.
- Declaraciones administrativas.
- Observancia de derechos.
- Medidas provisionales.
- Reparación de daños y sanciones.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Instituto | Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. |
| Gaceta | Órgano oficial de publicación y notificación del Instituto. |
| Patente | Derecho de exclusividad sobre una invención que cumple requisitos legales. |
| Modelo de utilidad | Objeto, utensilio o herramienta con nueva función o ventaja técnica protegible. |
| Diseño industrial | Aspecto ornamental o combinación de líneas, figuras, colores o forma protegible. |
| Marca | Signo perceptible que distingue productos o servicios en el mercado. |
| Aviso comercial | Frase u oración que anuncia establecimientos, productos o servicios. |
| Nombre comercial | Denominación que identifica una empresa o establecimiento comercial. |
| Secreto industrial | Información de aplicación industrial o comercial guardada de forma confidencial. |
| Denominación de origen | Nombre de una zona geográfica que identifica productos con cualidades vinculadas a su origen. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Objeto y autoridad | 1 a 12 | Entender alcance, definiciones y facultades del IMPI. |
| Trámite general | 13 a 35 | Revisar promociones, idioma, pagos, notificaciones, plazos y representación. |
| Invenciones | Título Segundo | Consultar patentes, modelos de utilidad, diseños industriales y esquemas de trazado. |
| Secretos industriales | Título Tercero | Ubicar protección de información confidencial y límites de uso. |
| Signos distintivos | Título Cuarto | Revisar marcas, avisos, nombres comerciales, marcas colectivas y de certificación. |
| Denominaciones e indicaciones | Título Quinto | Consultar protección y autorización de uso de denominaciones de origen e indicaciones geográficas. |
| Procedimientos administrativos | Títulos Sexto y Séptimo | Analizar nulidad, caducidad, cancelación, infracciones y medidas provisionales. |
| Daños, sanciones y delitos | Títulos finales | Revisar consecuencias por infracción, indemnización y remisión penal. |

## Plazos importantes

- En plazos fijados en días se computan únicamente días hábiles; en meses o años se computa de fecha a fecha.
- Si falta el pago de tarifas, el Instituto requiere el comprobante por única ocasión y concede cinco días.
- En ciertos trámites, si la solicitud no cumple requisitos, el Instituto puede conceder dos meses para subsanar omisiones.
- La patente tiene una vigencia general de veinte años contados desde la fecha de presentación reconocida por la ley.
- El registro de modelo de utilidad tiene vigencia de quince años.
- Los diseños industriales se registran por periodos renovables hasta el máximo previsto por la ley.
- El registro de marca y aviso comercial se otorga por diez años y puede renovarse.
- La conservación de derechos exige pagos, renovaciones o declaraciones de uso cuando proceda.

## Derechos principales

- Obtener exclusividad sobre invenciones o signos distintivos cuando se cumplen requisitos.
- Solicitar patentes, registros, publicaciones, declaratorias o autorizaciones.
- Usar, explotar, licenciar o transmitir derechos inscritos.
- Oponerse a usos no autorizados y solicitar medidas provisionales.
- Pedir nulidad, caducidad o cancelación de derechos cuando proceda.
- Reclamar daños y perjuicios por infracciones declaradas.

## Obligaciones principales

- Presentar solicitudes y promociones en idioma español y con requisitos completos.
- Pagar tarifas oficiales y atender requerimientos del Instituto.
- Usar marcas conforme a la ley y renovar registros oportunamente.
- Respetar derechos de terceros sobre invenciones, secretos y signos distintivos.
- Guardar confidencialidad sobre secretos industriales recibidos lícitamente.
- Cumplir resoluciones, medidas provisionales y sanciones impuestas por el Instituto.

## Autoridades relacionadas

- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
- Secretaría de Economía.
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de tarifas y créditos fiscales.
- Ministerio Público Federal en asuntos penales o de interés público.
- Autoridades judiciales federales.
- Autoridades aduaneras y administrativas que colaboran en observancia.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Solicitud de patente.
- Registro de modelo de utilidad o diseño industrial.
- Registro o renovación de marca, aviso comercial y marca colectiva.
- Publicación de nombre comercial.
- Declaratoria de notoriedad o fama de marca.
- Declaración de protección de denominación de origen o indicación geográfica.
- Inscripción de licencias, transmisiones y gravámenes.
- Declaraciones administrativas de nulidad, caducidad, cancelación o infracción.
- Solicitud de medidas provisionales y cuantificación de daños.

## Sanciones o consecuencias

- Multas administrativas por infracciones a derechos de propiedad industrial.
- Multas adicionales por persistir conductas infractoras.
- Clausura temporal o definitiva en supuestos previstos.
- Arresto administrativo en casos autorizados por la ley.
- Aseguramiento, retiro de circulación, destrucción o destino legal de bienes infractores.
- Pago de daños y perjuicios a la persona titular afectada.
- Responsabilidad penal cuando los hechos encuadren en delitos aplicables.

## Artículos clave

| Artículo | Importancia práctica |
| --- | --- |
| 1 | Declara orden público, alcance nacional y aplicación administrativa por el IMPI. |
| 2 | Define los objetos centrales de protección de la propiedad industrial. |
| 4 | Establece definiciones institucionales básicas. |
| 5 | Enumera facultades del IMPI para tramitar, resolver, inspeccionar, sancionar y cuantificar daños. |
| 12 | Impide otorgar derechos contrarios al orden público o a disposiciones legales. |
| 21 | Fija reglas generales de cómputo de plazos. |
| 45 y siguientes | Regulan la protección de invenciones mediante patente. |
| 136 Bis y siguientes | Relevantes para certificados complementarios y conservación de derechos de patente. |
| 170 y siguientes | Ordenan la protección de marcas y signos distintivos. |
| 314 y siguientes | Regulan declaraciones administrativas de nulidad, caducidad y cancelación. |
| 344 y siguientes | Prevé medidas provisionales para prevenir o hacer cesar infracciones. |
| 386 y siguientes | Reúne sanciones administrativas y consecuencias por infracciones. |

## Leyes relacionadas

- [Ley Federal Del Derecho De Autor](/LFDA/)
- [Ley Federal De Procedimiento Administrativo](/LFPA/)
- [Código De Comercio](/CCom/)
- [Código Fiscal De La Federación](/CFF/)
- [Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares](/LFPDPPP/)
- [Ley Federal De Variedades Vegetales](/LFVV/)

## Reformas y vigencia

La ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020 y abrogó la Ley de la Propiedad Industrial. El texto oficial local consultado reporta última reforma publicada el 3 de abril de 2026, con ajustes previos relevantes en materia de igualdad sustantiva, supletoriedad procesal y terminología institucional.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Qué protege la Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial?

Protege invenciones, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, avisos comerciales, nombres comerciales, secretos industriales, denominaciones de origen e indicaciones geográficas.

### ¿Qué autoridad aplica esta ley?

La autoridad administrativa especializada es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, que tramita solicitudes, publica actos, resuelve procedimientos, inspecciona, impone sanciones y cuantifica daños cuando procede.

### ¿Una marca registrada dura para siempre?

No automáticamente. El registro de marca se otorga por diez años y puede renovarse si se cumplen los requisitos legales, incluida la conservación de derechos cuando corresponda.

### ¿Qué puede hacer una persona titular ante una infracción?

Puede solicitar procedimientos administrativos, medidas provisionales, declaración de infracción, sanciones y, en su caso, indemnización por daños y perjuicios.

### ¿Qué artículos conviene revisar primero?

Conviene iniciar con los artículos 1, 2, 4 y 5 para entender alcance, objetos protegidos, definiciones y facultades del IMPI.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfppi.htm)
- Word oficial: [LFPPI.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFPPI.doc)
- PDF oficial: [LFPPI.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPPI.pdf)
- PDF móvil: [Ley_Federal_de_Proteccion_a_la_Propiedad_Industrial.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_Federal_de_Proteccion_a_la_Propiedad_Industrial.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
