# Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria - Artículo 72

Clave: LFPRH
Artículo: 72
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 72
.- La acción para exigir el pago de las remuneraciones prescribirá en un año contado a partir de la fecha en que sean devengados o se tenga derecho a percibirlas. El mismo término será aplicable a las recompensas y las pensiones de gracia a cargo del Erario Federal.
La prescripción sólo se interrumpe por gestión de cobro hecha por escrito.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria, artículo 72.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
