# Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación - Artículo 24

Clave: LFRCF
Artículo: 24
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 24
.- Cuando conforme a
esta Ley
, los órganos internos de control o las entidades fiscalizadoras locales deban colaborar con la Auditoría Superior de la Federación en lo que concierne a la revisión de la Cuenta Pública, deberá establecerse una coordinación entre ambos a fin de garantizar el debido intercambio de información que al efecto se requiera, y otorgar las facilidades que permitan a los auditores llevar a cabo el ejercicio de sus funciones. Asimismo, deberán proporcionar la documentación que les solicite la Auditoría Superior de la Federación sobre los resultados de la fiscalización que realicen o cualquier otra que se les requiera, para realizar la auditoría correspondiente.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación, artículo 24.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
