# Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación - Artículo 58

Clave: LFRCF
Artículo: 58
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Texto vigente

Artículo 58
.- La Auditoría Superior de la Federación, respecto de las reglas presupuestarias y de ejercicio, y de la contratación de deuda pública y obligaciones previstas en la
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
, deberá fiscalizar:
La observancia de las reglas de disciplina financiera, de acuerdo a los términos establecidos en la
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
;
La contratación de los financiamientos y otras obligaciones de acuerdo a las disposiciones previstas en la
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
y dentro de los límites establecidos por el sistema de alertas de dicha Ley, y
El cumplimiento de inscribir y publicar la totalidad de sus financiamientos y otras obligaciones en el registro público único establecido en la
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación, artículo 58.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
