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law_title: "Ley Federal De Revocación De Mandato"
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# Ley Federal De Revocación De Mandato - Artículo 29

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO III - DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN MATERIA DE REVOCACIÓN DE MANDATO
- SECCIÓN SEGUNDA - DE LA ORGANIZACIÓN DE LA REVOCACIÓN DE MANDATO

```text
Artículo 29. Al Consejo General del Instituto le corresponde:

I.	Aprobar el modelo de las papeletas de la revocación de mandato;

II.	Aprobar los formatos y demás documentación necesaria para realizar la revocación de mandato, y

III.	Aprobar los lineamientos o acuerdos necesarios para llevar a cabo la organización y desarrollo de las revocaciones de mandato.
```

## Resumen corto

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Regla de LFRM sobre sanciones y cumplimiento: Al Consejo General del Instituto le corresponde:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Al Consejo General del Instituto le corresponde:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Palabras clave

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artículo 29 LFRM, sanciones y cumplimiento, artículo 29 ley federal de revocacion de mandato, sanciones, multas, incumplimiento legal, Consejo General, Instituto

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 29 de LFRM.
- Defensa y cumplimiento: revisar consecuencias, infracciones o medidas correctivas.

## Tipo de contenido jurídico

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
- Sanción

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

| Concepto | Explicación sencilla | Artículo fuente |
| --- | --- | --- |
| Consejo General | El Consejo General del Instituto Nacional Electoral | 6 |
| Instituto | El Instituto Nacional Electoral | 6 |

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona regulada revisa este artículo para saber qué consecuencia puede existir por incumplir una obligación.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo para revisar la conducta imputada, preparar argumentos de defensa o documentar acciones de cumplimiento.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 29 de LFRM?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre sanciones y cumplimiento. Al Consejo General del Instituto le corresponde:

### ¿Para qué sirve artículo 29?

Sirve para conocer consecuencias de incumplimiento y preparar una defensa o cumplimiento correctivo conforme al procedimiento aplicable.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfrm.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFRM.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFRM.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
