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# Ley Federal De Remuneraciones De Los Servidores Públicos - Artículo 13

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo II - De la determinación de las remuneraciones

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Artículo 13. Las remuneraciones se fijarán conforme a los criterios y procedimientos siguientes:

a)	La remuneración total anual del Presidente de la República y de la máxima jerarquía de los poderes Legislativo y Judicial, y de los entes autónomos que se incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación deberá cumplir con lo señalado en el artículo 11 de esta Ley.

b)	Entre las remuneraciones señaladas en el inciso precedente y la remuneración más baja correspondiente al segundo grupo jerárquico inferior deberá existir una diferencia de hasta el cinco por ciento.

c)	Las remuneraciones para el tercer grupo jerárquico inferior se determinarán conforme a lo señalado en el inciso anterior, tomando como base las del segundo grupo jerárquico inferior.

d)	Para los grupos jerárquicos inferiores siguientes, la remuneración por concepto de sueldos y salarios, en lo que corresponde a la Administración Pública Federal, se determinará conforme a las disposiciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, contando con el puntaje de valuación de puestos. Los poderes Legislativo y Judicial, y entes autónomos establecerán las disposiciones respectivas.

e)	En el proyecto de presupuesto enviado por el Ejecutivo a la Cámara de Diputados se expresarán los motivos por los cuales se propone un determinado monto como remuneración del Presidente de la República, acompañados, si los hubiera, de los estudios realizados.

f)	Luego del turno del proyecto, la comisión dictaminadora convocará a audiencias públicas sobre el tema, a las cuales no serán invitados servidores públicos por considerárseles personalmente interesados en el tema, quienes, sin embargo, podrán enviar a la comisión dictaminadora, por escrito, libremente y a título personal, sus comentarios, críticas y propuestas.

g)	La comisión dictaminadora llevará a cabo al menos una reunión pública para discutir exclusivamente el tema de la remuneración del Presidente de la República.

h)	En la reunión señalada en el inciso precedente, la comisión dictaminadora analizará la opinión que sobre remuneraciones de servidores públicos hubiera remitido la dependencia técnica de la Cámara de Diputados señalada en el artículo 22 de la presente Ley.

i)	El dictamen del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación que presente la comisión dictaminadora al Pleno de la Cámara contendrá los fundamentos de la propuesta de remuneración que corresponda al Presidente de la República.
```

## Resumen corto

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Regla de LFRemSP_190521 sobre derechos de audiencias y contenidos: Las remuneraciones se fijarán conforme a los criterios y procedimientos siguientes:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. Las remuneraciones se fijarán conforme a los criterios y procedimientos siguientes:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 13 LFRemSP_190521, derechos de audiencias y contenidos, artículo 13 ley federal de remuneraciones de los servidores publicos, derechos de audiencias, radiodifusión México, contenidos audiovisuales, Audiencias, Comisión u órgano colegiado

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 13 de LFRemSP_190521.
- Práctica: revisar derechos de audiencias, programación, publicidad o contenidos.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad
- Obligación
- Requisito
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Audiencias
- Comisión u órgano colegiado

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

- 11
- 22

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 13 de LFRemSP_190521?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre derechos de audiencias y contenidos. Las remuneraciones se fijarán conforme a los criterios y procedimientos siguientes:

### ¿Para qué sirve artículo 13?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfremsp.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LFRemSP_190521.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFRemSP_190521.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
