# Ley Federal De Sanidad Animal - Artículo 130

Clave: LFSA
Artículo: 130
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 130
.- En aquellos casos en que los presuntos infractores sean sorprendidos en ejecución de hechos contrarios a
esta Ley
o a las disposiciones que deriven de la misma, el personal debidamente identificado como inspector deberá levantar el acta correspondiente y asentar en ella, en forma detallada esta circunstancia, observando en todo caso, las formalidades previstas para la realización de actos de inspección.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Sanidad Animal, artículo 130.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
