# Ley Federal De Sanidad Animal - Artículo 133

Clave: LFSA
Artículo: 133
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 133
.- En la resolución administrativa correspondiente, se señalará o, en su caso, adicionará, las medidas que deberán llevarse a cabo para corregir las deficiencias o irregularidades observadas en la inspección, el plazo otorgado al infractor para satisfacerlas y las sanciones a que se hubiera hecho acreedor conforme a las disposiciones aplicables, así como el plazo y los medios para impugnar esta resolución.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Sanidad Animal, artículo 133.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
