# Ley Federal De Sanidad Animal - Artículo 142

Clave: LFSA
Artículo: 142
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 142
.- El Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal se apoyará en consejos consultivos estatales que, en su caso, se constituirán en cada entidad federativa de la misma manera que el nacional, invitándose también a representantes de los gobiernos de los estados, el Distrito Federal y municipios, así como de los organismos auxiliares de sanidad animal.
La organización, estructura y funciones del Consejo Técnico Consultivo Nacional de Sanidad Animal y de los consejos consultivos estatales, se llevará a cabo en los términos del Reglamento de
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Sanidad Animal, artículo 142.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
