# Ley Federal De Sanidad Animal - Artículo 16

Clave: LFSA
Artículo: 16
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 16
.- Las medidas zoosanitarias se determinarán en disposiciones de sanidad animal las cuales podrán comprender los requisitos, especificaciones, criterios o procedimientos para:
Diagnosticar e identificar enfermedades y plagas de los animales;
Identificar y evaluar factores de riesgo que permitan determinar las medidas de mitigación correspondientes;
Rastrear animales y bienes de origen animal;
Prevenir, controlar y erradicar enfermedades y plagas de los animales;
Determinar la condición zoosanitaria de los animales;
Controlar la movilización, importación, exportación y tránsito internacional de mercancías reguladas, vehículos, maquinaria, materiales, equipo pecuario usado y cualquier otra mercancía que pueda ser portadora de enfermedades, plagas o agentes patógenos;
Retener o disponer de manera zoosanitaria a animales, cadáveres de estos, despojos, bienes de origen animal, productos para uso o consumo animal, vehículos, maquinaria y equipo pecuario usado y cualquier otra mercancía que pueda diseminar enfermedades o plagas de los animales;
Inmunizar a los animales para protegerlos y evitar la diseminación de las enfermedades o plagas que los afecten;
Establecer el sistema de alerta y recuperación de animales y bienes de origen animal cuando signifiquen un riesgo zoosanitario;
Aplicar tratamientos preventivos o terapéuticos a los animales;
Establecer el tiempo de retiro de los productos para uso o consumo animal;
Sacrificar animales enfermos o expuestos al agente causal de alguna enfermedad;
Cremar o inhumar cadáveres de animales;
Procurar el bienestar animal;
Establecer cuarentenas;
Establecer y aplicar medidas de bioseguridad en materia de sanidad animal;
Establecer los criterios para la aplicación de las buenas prácticas pecuarias;
Realizar la vigilancia e investigación epidemiológica;
Ordenar la clausura temporal, definitiva, parcial o total de los establecimientos;
La suspensión temporal, definitiva, parcial o total de las actividades o servicios; y
Los demás que regule
esta Ley
, así como los que, conforme a la tecnología o adelantos científicos sean eficientes para cada caso.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Sanidad Animal, artículo 16.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
