# Ley Federal De Sanidad Animal - Artículo 84

Clave: LFSA
Artículo: 84
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 84
.- La Secretaría establecerá las bases para la implementación de sistemas de trazabilidad en animales, bienes de origen animal o productos para uso o consumo animal. Los sistemas serán coordinados, supervisados y vigilados por la misma.
La Secretaría mediante disposiciones de sanidad animal, definirá los sistemas de trazabilidad aplicables a las mercancías reguladas a que se refiere
esta Ley
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Sanidad Animal, artículo 84.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
