# Ley Federal De Sanidad Animal - Artículo 89

Clave: LFSA
Artículo: 89
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 89
.- Será parte del sistema de trazabilidad de los animales y bienes de origen animal, productos para uso o consumo animal nacionales, de importación o exportación regulados por
esta Ley
y de acuerdo a lo establecido en el Reglamento o en las disposiciones de sanidad animal, la información que entre otra defina:
El Origen;
La Procedencia;
El Destino;
El Lote;
La Fecha de producción o la fecha de sacrificio, la fecha de empaque, proceso o elaboración, caducidad o fecha de consumo preferente; y
La identificación individual o en grupo de acuerdo a la especie de los animales vivos en específico.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Sanidad Animal, artículo 89.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
