# Ley Federal De Sanidad Animal - Artículo décimo

Clave: LFSA
Artículo: décimo
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

TRANSITORIOS
décimo.
.- Todos los procedimientos y recursos administrativos relacionados con las materias de
esta Ley
, que se hubieren iniciado bajo la vigencia de la
Ley Federal de Sanidad Animal
que ésta abroga, se tramitarán y resolverán conforme a las disposiciones de dicha Ley.
México, D.F., a 26 de abril de 2007.- Dip. Maria Elena Alvarez Bernal , Vicepresidenta.- Sen. Manlio Fabio Beltrones Rivera , Presidente.- Dip. Maria Eugenia Jimenez Valenzuela , Secretaria.- Sen. Renán Cleominio Zoreda Novelo , Secretario.- Rúbricas. "
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo
89
de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de junio de dos mil siete.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa .- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Francisco Javier Ramírez Acuña .- Rúbrica.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal De Sanidad Animal, artículo décimo.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
