# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 1005

Clave: LFT
Artículo: 1005
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1005
.- Al Procurador de la Defensa del Trabajo, al Defensor Público o al representante del trabajador, se les impondrá sanción de seis meses a tres años de prisión y multa de 125 a 1250 veces la Unidad de Medida y Actualización en los casos siguientes:
Párrafo reformado DOF
,
Cuando sin causa justificada se abstengan de concurrir a dos o más audiencias; y
Cuando sin causa justificada se abstengan de promover en el juicio durante el lapso de tres meses.
Por lo que corresponde a servidores públicos, las conductas previstas en este artículo serán consideradas como faltas administrativas graves en términos de lo dispuesto por el capítulo II del Título Tercero de la
Ley General de Responsabilidades Administrativas
.
Párrafo adicionado DOF
En todos los casos, cuando exista la presunción de actos irregulares, las Autoridades del Trabajo o los Tribunales de manera inmediata deberán hacerlo del conocimiento de las autoridades competentes para que éstas procedan conforme a sus atribuciones y facultades.
Párrafo adicionado DOF
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 1005.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
