# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 103

Clave: LFT
Artículo: 103
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 103
.- Los almacenes y tiendas en que se expenda ropa, comestibles y artículos para el hogar, podrán crearse por convenio entre los trabajadores y los patrones, de una o varias empresas, de conformidad con las normas siguientes:
Párrafo reformado DOF
La adquisición de las mercancías será libre sin que pueda ejercerse coacción sobre los trabajadores;
Los precios de venta de los productos se fijarán por convenio entre los trabajadores y los patrones, y nunca podrán ser superiores a los precios oficiales y en su defecto a los corrientes en el mercado;
Las modificaciones en los precios se sujetarán a lo dispuesto en la fracción anterior; y
En el convenio se determinará la participación que corresponda a los trabajadores en la administración y vigilancia del almacén o tienda.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 103.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
