# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 153-u

Clave: LFT
Artículo: 153-u
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 153-u
. Cuando implantado un programa de capacitación, un trabajador se niegue a recibir ésta, por considerar que tiene los conocimientos necesarios para el desempeño de su puesto y del inmediato superior, deberá acreditar documentalmente dicha capacidad mediante el correspondiente certificado de competencia laboral o presentar y aprobar, ante la entidad instructora, el examen de suficiencia respectivo.
En este último caso, se extenderá a dicho trabajador la constancia de competencias o de habilidades laborales.
Artículo adicionado DOF
. Reformado DOF
. Fe de erratas DOF
. Reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 153-u.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
