# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 199

Clave: LFT
Artículo: 199
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 199
.- Los trabajadores tienen derecho a un período mínimo de doce días laborables de vacaciones anuales pagadas, que se aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinticuatro, por cada año subsecuente de servicios. Con posterioridad se aumentará el período de vacaciones en dos días por cada cinco años de servicios.
Las vacaciones deberán disfrutarse en tierra, pudiendo fraccionarse cuando lo exija la continuidad del trabajo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 199.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
