# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 223

Clave: LFT
Artículo: 223
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 223
.- El tiempo total de servicios que deben prestar los tripulantes, considerado el equipo que se utilice, se fijará en el contrato de trabajo y comprenderá solamente el tiempo efectivo de vuelo, el de ruta y el de servicios de reserva, sin que pueda exceder de ciento ochenta horas mensuales.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 223.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
