# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 248

Clave: LFT
Artículo: 248
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 248
.- En los contratos colectivos se podrá estipular que los trabajadores trenistas presten sus servicios sobre la base de viajes en una sola o en dos direcciones.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 248.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
