# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 330-f

Clave: LFT
Artículo: 330-f
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 330-f
.- Las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo tienen las obligaciones especiales siguientes:
Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón;
Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo;
Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por el patrón;
Atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades, y
Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 330-f.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
