# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 353-c

Clave: LFT
Artículo: 353-c
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 353-c
.- Son derechos especiales de los Médicos Residentes, que deberán consignarse en los contratos que se otorguen, a más de los previstos en
esta Ley
, los siguientes:
Disfrutar de las prestaciones que sean necesarias para el cumplimiento de la Residencia;
Ejercer su Residencia hasta concluir su especialidad, siempre y cuando cumplan con los requisitos que establece este Capítulo.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 353-c.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
