# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 353-r

Clave: LFT
Artículo: 353-r
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 353-r
.- En el procedimiento de huelga el aviso para la suspensión de labores deberá darse por lo menos con diez días de anticipación a la fecha señalada para suspender el trabajo.
Además de los casos previstos por el Artículo
935
, antes de la suspensión de los trabajos, las partes o en su defecto el Tribunal, con audiencia de aquéllas, fijarán el número indispensable de trabajadores que deban continuar trabajando para que sigan ejecutándose las labores cuya suspensión pueda perjudicar irreparablemente la buena marcha de una investigación o un experimento en curso.
Párrafo reformado DOF
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 353-r.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
