# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 365

Clave: LFT
Artículo: 365
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 365
.- Los sindicatos deben registrarse en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, a cuyo efecto remitirán en original y copia:
Párrafo reformado DOF
Copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva;
Una lista o listas autorizadas con el número, nombres, CURP y domicilios de sus miembros, la cual además contendrá:
Cuando se trate de aquellos conformados por trabajadores, el nombre y domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que se prestan los servicios.
Cuando se trate de aquellos conformados por patrones, el nombre y domicilios de las empresas, en donde se cuente con trabajadores.
Fracción reformada DOF
Copia autorizada de los estatutos, cubriendo los requisitos establecidos en el artículo
371
de
esta Ley
, y
Fracción reformada DOF
Copia autorizada del acta de la asamblea en que se hubiese elegido la directiva.
IV
os documentos a que se refieren las fracciones anteriores serán autorizados a través de la firma del Secretario General u homólogo, en términos del artículo
376
de
esta Ley
, salvo lo dispuesto en los estatutos.
Párrafo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 365.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
