# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 506

Clave: LFT
Artículo: 506
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 506
.- Los médicos de las empresas están obligados:
Al realizarse el riesgo, a certificar si el trabajador queda capacitado para reanudar su trabajo;
Al terminar la atención médica, a certificar si el trabajador está capacitado para reanudar su trabajo;
A emitir opinión sobre el grado de incapacidad; y
En caso de muerte, a expedir certificado de defunción.
Fe de erratas a la fracción DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 506.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
