# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 527

Clave: LFT
Artículo: 527
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 527
.- La aplicación de las normas de trabajo corresponde a las autoridades federales, cuando se trate de:
Ramas industriales y de servicios:
Párrafo reformado DOF
Textil;
Eléctrica;
Cinematográfica;
Hulera;
Azucarera;
Minera;
Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos;
De hidrocarburos;
Petroquímica;
Cementera;
Calera;
Automotriz, incluyendo autopartes mecánicas o eléctricas;
Química, incluyendo la química farmacéutica y medicamentos;
De celulosa y papel;
De aceites y grasas vegetales;
Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello;
Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello;
Ferrocarrilera;
Maderera básica que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera;
Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado o de envases de vidrio;
Numeral reformado DOF
Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco; y
Numeral reformado DOF
Servicios de banca y crédito.
Numeral adicionado DOF
Empresas:
Aquéllas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal;
Aquellas que actúen en virtud de un contrato, o concesión federal y las industrias que les sean conexas. Para los efectos de esta disposición, se considera que actúan bajo concesión federal aquellas empresas que tengan por objeto la administración y explotación de servicios públicos o bienes del Estado en forma regular y continua, para la satisfacción del interés colectivo, a través de cualquier acto administrativo emitido por el gobierno federal, y
Numeral reformado DOF
Aquéllas que ejecuten trabajos en zonas federales o que se encuentren bajo jurisdicción federal, en las aguas territoriales o en las comprendidas en la zona económica exclusiva de la Nación.
También corresponderá a las autoridades federales lo relativo al cumplimiento de las obligaciones patronales en las materias de capacitación y adiestramiento de sus trabajadores y de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
Párrafo reformado DOF
Corresponderá a la Autoridad Registral conocer únicamente los actos y procedimientos relativos al registro de todos los contratos colectivos, reglamentos interiores de trabajo y de los sindicatos.
Párrafo adicionado DOF
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 527.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
