# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 555

Clave: LFT
Artículo: 555
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 555
.- Los representantes asesores a que se refiere la fracción I del artículo anterior, deberán satisfacer los requisitos siguientes:
Ser mexicanos, mayores de treinta años de edad y estar en pleno ejercicio de sus derechos;
Poseer título legalmente expedido de licenciado en derecho o en economía;
No ser ministro de culto; y
Fracción reformada DOF
No haber sido condenados por delito intencional sancionado con pena corporal.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 555.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
