# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 567

Clave: LFT
Artículo: 567
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 567
.- Las Comisiones Consultivas tendrán los deberes y atribuciones siguientes:
Determinar en la primera sesión su forma de trabajo y la frecuencia de sus reuniones;
Aprobar el Plan de Trabajo que formule el Secretariado Técnico y solicitarle, en su caso, la realización de investigaciones y estudios complementarios;
Practicar y realizar directamente las investigaciones que juzgue pertinentes para el mejor cumplimiento de su función;
Solicitar directamente, cuando lo juzgue conveniente, los informes y estudios a que se refiere el artículo
562
, Fracción III;
Solicitar la opinión de organizaciones de trabajadores, de patrones y en general de cualquier entidad pública o privada;
Recibir las sugerencias y estudios que le presenten los trabajadores, los patrones y en general cualquier entidad pública o privada;
Allegarse todos los elementos que juzguen necesarios y apropiados para el cumplimiento de su objeto;
Emitir un informe con las opiniones y recomendaciones que juzgue pertinentes en relación con las materias de su competencia; y
Los demás que les confieran las leyes.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 567.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
