# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 569

Clave: LFT
Artículo: 569
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 569
.- El Secretariado Técnico de la Comisión Consultiva tendrá los deberes y atribuciones siguientes:
Practicar las investigaciones y realizar los estudios previstos en el Plan de Trabajo aprobado por la Comisión Consultiva y los que posteriormente se le encomienden;
Solicitar toda clase de informes y estudios de dependencias e instituciones oficiales y entidades públicas y privadas relacionadas con la materia objeto de sus trabajos;
Recibir y considerar los estudios, informes y sugerencias que le presenten los trabajadores y los patrones;
Allegarse todos los demás elementos que juzgue necesarios o apropiados;
Preparar los documentos de trabajo e informes que requiera la Comisión;
Preparar un informe final que deberá contener los resultados de las investigaciones y estudios efectuados y un resumen de las sugerencias y estudios de los trabajadores y patrones y someterlo a la consideración de la Comisión Consultiva; y
Los demás que le confieran las leyes.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 569.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
