# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 578

Clave: LFT
Artículo: 578
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 578
.- El Presidente de la Comisión tiene los deberes y atribuciones siguientes:
Someter al Consejo de Representantes el plan de trabajo de la Dirección Técnica, que debe comprender todos los estudios e investigaciones necesarias y apropiados para conocer las condiciones generales de la economía nacional;
Reunirse con el Director y Asesores Técnicos, una vez al mes, por lo menos, y vigilar el desarrollo del plan de trabajo;
Informar periódicamente al Secretario del Trabajo y Previsión Social de las actividades de la Comisión;
Citar y presidir las sesiones del Consejo de Representantes; y
Los demás que le confieran las leyes.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 578.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
