# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 660

Clave: LFT
Artículo: 660
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 660
.- En el funcionamiento de las convenciones se observarán las normas siguientes:
Por cada rama de actividad económica que deba estar representada, se celebrará una convención de trabajadores y otra de patrones;
Fracción reformada DOF
Los delegados y los patrones independientes se presentarán en las convenciones, provistos de sus credenciales;
Las convenciones funcionarán con el número de delegados y patrones independientes que concurran;
Los delegados y los patrones independientes, tendrán en las convenciones un número de votos igual al de los trabajadores que aparezca certificado en sus credenciales;
Las convenciones serán instaladas por el Secretario del Trabajo y Previsión Social o por la persona que éste designe;
Fracción reformada DOF
,
,
Instalada la convención, se procederá al registro de credenciales y a la elección de la mesa directiva, que se integrará con un Presidente, dos Secretarios y dos Vocales. Tomarán parte en la elección, con el número de votos que les corresponda, los delegados y los patrones independientes cuyas credenciales hubiesen quedado registradas. El cómputo se hará por dos de las personas asistentes, designadas especialmente;
Instalada la Mesa Directiva, se procederá a la revisión de las credenciales, dándoles lectura en voz alta. Las convenciones sólo podrán desechar las que no reúnan los requisitos señalados en los artículo
652
y
653
, o cuando se compruebe que los electores no pertenecen a la rama de la industria o de las actividades representadas en la convención;
Aprobadas las credenciales se procederá a la elección de los representantes, por mayoría de votos. Por cada propietario se elegirá un suplente; y
Concluida la elección, se levantará un acta; un ejemplar se remitirá a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y dos se entregarán a los representantes electos, propietario o suplente, a fin de que les sirvan de credencial.
Fracción reformada DOF
,
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 660.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
