# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 709-b

Clave: LFT
Artículo: 709-b
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 709-b
.- La recusación solo podrá admitirse hasta antes de la calificación sobre la admisibilidad de las pruebas en la audiencia preliminar, o hasta antes del cierre de la instrucción cuando:
Cambie el personal del Tribunal, y
Ocurra un hecho superveniente que funde la causa.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 709-b.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
