# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 709-d

Clave: LFT
Artículo: 709-d
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 709-d
.- Se desechará de plano toda recusación cuando:
Sea extemporánea, y
No se funde en alguna de las causas a que se refiere el artículo
707 bis
de
esta Ley
, o anteriormente se haya declarado improcedente.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 709-d.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
