# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 709

Clave: LFT
Artículo: 709
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 709
.- Procede la recusación cuando, a pesar de existir alguno de los impedimentos expresados, los jueces y secretarios instructores no se excusen. La recusación siempre se fundará en causa legal.
Párrafo reformado DOF
Se deroga.
Fracción reformada DOF
. Derogada DOF
Se deroga.
Fracción derogada DOF
Se deroga.
Fracción derogada DOF
Se deroga.
Fracción derogada DOF
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 709.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
