# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 71

Clave: LFT
Artículo: 71
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 71
.- En los reglamentos de
esta Ley
se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo.
Las personas que laboren en domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
Párrafo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 71.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
