# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 714

Clave: LFT
Artículo: 714
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 714
.- Las actuaciones de los Tribunales, del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y de los Centros de Conciliación Locales deben practicarse en días y horas hábiles, bajo pena de nulidad, siempre que
esta Ley
no disponga otra cosa.
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 714.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
