# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 723

Clave: LFT
Artículo: 723
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 723
.- El Tribunal, conforme a lo establecido en
esta Ley
, está obligado a expedir a la parte solicitante, copia certificada de cualquier documento o constancia que obre en el expediente. También deberá certificar la copia fotostática que exhiban las partes de algún documento o constancia que aparezca en autos, previo cotejo que se haga con el original.
Artículo reformado DOF
,

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 723.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
