# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 736

Clave: LFT
Artículo: 736
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 736
.- Para computar los términos, los meses se regularán por el de treinta días naturales; y los días hábiles se consideraran de veinticuatro horas naturales, contados de las veinticuatro a las veinticuatro horas, salvo disposición contraria en
esta Ley
.
Artículo reformado DOF
. Fe de erratas DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 736.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
