# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 809

Clave: LFT
Artículo: 809
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 809
.- Los documentos que se presenten en idioma extranjero deberán acompañarse de su traducción; el tribunal de oficio nombrará inmediatamente traductor oficial, el cual presentará y ratificará, bajo protesta de decir verdad, la traducción que haga dentro del término de cinco días; el juez deberá tomar las medidas necesarias para que dicha traducción esté lista antes de la audiencia de juicio.
Artículo reformado DOF
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## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 809.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
