# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 863

Clave: LFT
Artículo: 863
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 863
. La providencia se llevará a cabo aún cuando no esté presente la persona contra quien se dicte. El propietario de los bienes embargados será depositario de los mismos, sin necesidad de que acepte el cargo ni proteste desempeñarlo, con las responsabilidades y atribuciones inherentes al mismo, observándose las disposiciones de
esta Ley
en lo que sean aplicables. En caso de persona moral, el depositario será el gerente o director general o quien tenga la representación legal de la misma.
Tratándose de inmuebles, a petición del interesado, el Tribunal solicitará la inscripción del embargo precautorio en el Registro Público de la Propiedad.
Párrafo reformado DOF
Artículo reformado DOF
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## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 863.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
