# Ley Federal Del Trabajo - Artículo 899-b

Clave: LFT
Artículo: 899-b
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 899-b
. Los conflictos individuales de seguridad social, podrán ser planteados por:
Los trabajadores, asegurados, pensionados o sus beneficiarios, que sean titulares de derechos derivados de los seguros que comprende el régimen obligatorio del Seguro Social;
Los trabajadores que sean titulares de derechos derivados del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores o sus beneficiarios;
Los titulares de las cuentas individuales del Sistema de Ahorro para el Retiro de los trabajadores sujetos a
esta Ley
o sus beneficiarios; y
Los trabajadores a quienes les resulten aplicables los contratos colectivos de trabajo o contratos-Ley que contengan beneficios en materia de seguridad social.
Artículo adicionado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Federal Del Trabajo, artículo 899-b.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
